Cuerpo Nacional de Policia Origen de la Policía Española



Si entre los rasgos que configuran el perfil profesional del Cuerpo Nacional de Policía hubiera que elegir el que mejor le define frente a los demás cuerpos de seguridad españoles, tal rasgo habría de ser el de su carácter nítidamente urbano.


Fue la necesidad de dotar a las ciudades españolas de una estructura de seguridad moderna, lo que determinó que en 1824, S.M. el Rey Fernando VII dictase la Real Cédula en la que se creaba la Policía General de Reino. Policía que, ya desde su origen, se pone a las órdenes de un magistrado con el título de Superintendente General.

La misma Real Cédula dedica un apartado especial a Madrid, ciudad que es dotada de una estructura de Comisarías de Distrito -de "cuartel" se decía entonces que, con las naturales evoluciones, se ha mantenido hasta nuestros días.

En ese mismo año se dictan los Reglamentos de Policía tanto de Madrid como de las provincias colocando a estas últimas bajo las órdenes de Intendentes que respondían ante el Intendente General y dividiendo cada provincia en Subdelegaciones radicadas en las localidades o partidos importantes -126 entonces,- que constituyen el antecedente de la actual estructura en Comisarías Provinciales y Locales.

Es de destacar que la Cédula de 1824 configura la doble función que hoy tiene la policía moderna. Por una parte, velar por el libre ejercicio de los derechos ciudadanos persiguiendo a aquellos que los vulneran y poniéndolos en manos de la Justicia "en el plazo de ocho días, lo más tarde" según cita el Artículo XVI.

Además de esta función de policía judicial, la Real Cédula configura la otra gran función de la Policía en relación a la prestación del servicio público de seguridad "garantizando el bien y la seguridad pública" mensaje en el que -a pesar del tono ilustrado de las palabras- encuentra eco el moderno deseo de la Administración Pública de dar un servicio que asegure en bienestar y la calidad de vida de los ciudadanos.

Placa del antiguo Cuerpo Superior de Policía.
Distintivo del Cuerpo Nacional de Policía
Placa del Cuerpo Nacional de Policía
Logotipo del Cuerpo Nacional de Policía
CUERPO NACIONAL DE POLICÍA

Conforme a la Ley Orgánica 2/86, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, el Cuerpo Nacional de Policía nace de la integración de los Cuerpos Superior de Policía y de Policía Nacional.

De este modo, además de solucionar posibles problemas de coordinación y mando, se pretendía homogeneizar, en un solo colectivo, Cuerpos que realizaban funciones similares o complementarias, para conseguir un incremento en la efectividad del servicio.

En el Cuerpo Nacional de Policía se integraron los funcionarios de los Cuerpos Superior de Policía y de Policia Nacional, que quedaron extinguidos.
La integración en las Escalas se realizó en la forma siguiente:
  • En la Escala Superior:

    • Primera categoría: Comisarios Principales y Coroneles.
    • Segunda categoría: Comisarios, Tenientes Coroneles.
  • En la Escala Ejecutiva:

    • Primera Categoría: Subcomisarios, Capitanes e Inspectores de primera.
    • Segunda Categoría: Tenientes e Inspectores de segunda y tercera.
  • En la Escala de Subinspección: Suboficiales.
  • En la Escala Básica:

    • Primera categoría: Cabos.
    • Segunda categoría: Policías Nacionales.
Dentro de cada escala, la integración se hizo por riguroso orden de empleo o categoría y antigüedad en los mismos, sobre la base de otorgar la misma puntuación al empleo de Coronel y a la categoría de Comisario Principal; al empleo de Teniente Coronel y a la categoría de Comisario; al empleo de Capitán y a la categoría de Inspector de primera, y al empleo de Teniente y a la categoría de Inspector de segunda. (Ver Disposición Transitoria Primera de la Ley Orgánica 2/86, de 13 de Marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.)